La reforma establece que las y los trabajadores del hogar puedan acceder a todos las prestaciones  del IMSS

Con 104 votos a favor, el pleno del Senado aprobó reformas a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para reconocer los derechos sociales y laborales de 2.5 millones de trabajadoras y trabajadores del hogar.

La reforma obliga a las personas empleadoras a registrar, inscribir y pagar las cuotas patronales a sus trabajadores con un salario base de cotización integrado por los días laborado, bajo un régimen simplificado.

Los cambios prevén que estas personas se incluyan como sujetas de aseguramiento al régimen obligatorio previsto en la Ley del Seguro Social bajo un esquema simplificado.

Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social del Senado, destacó la urgencia de reconocer los derechos sociales y laborales de las y los trabajadores del hogar; toda vez que existe discriminación que va desde las remuneraciones salariales hasta la incorporación a la protección de la seguridad social.

Hasta diciembre de 2021 hubo una afiliación al Seguro Social de 41 mil 173 personas trabajadoras del hogar. De éstas, 67 por ciento fueron mujeres de alrededor de los 50 años; mientras que el 33 por ciento fueron hombres entre 54 años.

Gómez Urrutia destacó que las y los trabajadores del hogar tendrán derecho a los cinco seguros que la Ley del IMSS establece:

Seguro de Enfermedades y Maternidad; Seguro de Riesgos de Trabajo; Seguro de Invalidez y Vida; Seguro de Retiro, Cesantía y Vejez y Seguro de Guardería y Prestaciones Sociales.

La senadora del PAN, Xóchitl Gálvez, destacó que esta reforma facilitará a los patrones dar de alta a las personas trabajadoras del hogar.

La senadora Patricia Mercado afirmó que con esta legislación se avanza en los derechos de las personas trabajadoras del hogar, en cuanto a seguridad social, salarial y derechos laborales integrales y apegados a la legislación vigente, aunque, dijo, faltan derechos de vivienda y de otros derechos integrales, aunque destacó los avances que ha habido en la materia desde hace tres años.

En abril de 2019, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) creó, por órdenes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), un programa piloto, debido a que la Ley del IMSS dejaba a voluntad de empleadores inscribir a las trabajadoras a la Seguridad Social.

La reforma aprobada define la figura de la persona trabajadora del hogar como aquella que de manera remunerada realice actividades de cuidado, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral que no aporte para la persona empleadora beneficio económico directo cuando trabaje para una persona empleadora, resida o no en el domicilio donde realice las actividades.

Sin embargo, no considera persona trabajadora del hogar a quien realice este trabajo de forma ocasional o esporádica; y quien preste sus servicios de aseo, asistencia, atención de clientes y otros semejantes en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, bares, hospitales, sanatorios, colegios, internados y otros establecimientos homólogos.

La reforma señala que el aseguramiento de la persona trabajadora del hogar termina cuando concluya la relación laboral que le dio origen.

Las disposiciones transitorias establecen que el Instituto Mexicano del Seguro Social tendrá un plazo de ciento ochenta días naturales para realizar las modificaciones para la debida operación de la reforma.