La Fiscalía de la CDMX aseguró que cuenta con los elementos para llevar a juicio al exdiputado poblano

Un juez de amparo de la Ciudad de México determinó suspender de manera provisional el segundo proceso penal que enfrenta el ex diputado federal Saúl Huerta, por el delito de abuso sexual agravado, cometido presuntamente contra un mayor de edad en 2019; sin embargo, continúa el primer procedimiento por el delito de violación en agravio de un menor.
La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) informó que, este miércoles 12 de enero, se celebró audiencia intermedia en la que se dictó auto de apertura a juicio oral contra Huerta Corona, imputado por su probable participación en la comisión del delito de abuso sexual.
«Durante la misma, la autoridad judicial determinó suspender temporalmente el proceso, mientras se resuelven dos solicitudes de amparo presentadas por el defensor particular y por la víctima, respectivamente, ambas en contra de la negativa de sobreseimiento (fin del proceso) por perdón», indicó en un comunicado.
De acuerdo con Wilfrido Castillo, uno de los abogados de Saúl Huerta, al terminar la audiencia intermedia de su cliente respecto a la segunda causa penal, se dio cumplimiento a la resolución del juez de amparo.
“Una vez terminada la audiencia, se tuvo que dar cumplimiento a una resolución judicial en materia de amparo, que ordenó suspender el procedimiento desde este momento”, apuntó el defensor.
Aseguró que solicitaron la extinción de la acción penal en este caso porque cuentan con pruebas y testimonios que desacreditan la acusación que le hace un joven, quien denunció que fue agredido sexualmente por el ex legislador morenista en un hotel en julio de 2019.
Sin embargo, la FGJCDMX determinó que cuenta todos los elementos de prueba con los que cuenta para llevar a juicio a Huerta Corona, una vez que se resuelvan los mismos.
De acuerdo con los datos aportados por el agente del Ministerio Público de la Subprocuraduría de Procesos, el imputado posiblemente habría cometido el ilícito en julio de 2021.
«A la persona mencionada en este comunicado se le presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional, en los términos señalados en el Código Nacional de Procedimientos Penales», destacó la fiscalía.