Determinó que las trabajadoras con embarazo tienen ese derecho sin importar si son de base o de confianza

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a una servidora pública de confianza para ser reinstalada por despido ilegal por embarazo y determinó que las mujeres embarazadas que son despedidas de manera injustificada tienen derecho a una indemnización y ser reintegradas en el puesto que ocupaban.
Se consideró que hay falta de estabilidad en los trabajadores denominados de confianza, pero hay una excepción legal a las embarazadas de acuerdo al apartado 123 de la Constitución.
La Segunda Sala del máximo tribunal del país determinó que las trabajadoras con embarazo tienen derecho a la reinstalación y al pago de salarios caídos sin importar si son de base o de confianza.
La mujer ya había logrado que el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA), así como un tribunal colegiado en materia laboral, le dieran la razón sobre la indemnización, pero no le concedieron ser reinsertada a su antiguo puesto, pues era trabajadora de confianza.
“La Sala concluyó que no existe prohibición constitucional para reinstalar a las mujeres despedidas por su condición de embarazo, a pesar de que desempeñen funciones de confianza.
“Aunque la Constitución federal prevé como regla general que los trabajadores de confianza carecen de estabilidad en el empleo, el artículo 123 hace una excepción a esta regla dirigida a las trabajadoras embarazadas, sin distinguir entre nombramientos de base y de confianza”, indicó la Corte en un comunicado.
De esta manera, la SCJN ordenó al TFCA a que emita un nuevo laudo en el que reconozca el derecho de la trabajadora despedida a la conservación de su empleo y a los derechos adquiridos por la relación laboral.
Además de la indemnización y la reinserción al empleo, el patrón también está obligado a pagar a la mujer todos los salarios caídos mientras no puedo laboral por encontrarse “despedida”.