El pleno también aprobó un nuevo Reglamento de Sesiones, con el que buscaría agilizar sus discusiones ante la desaparición de dos salas
El Pleno de la SCJN acordó que podrán celebrar sesiones de Pleno en lugares distintos de sus sedes en la Ciudad de México, lo que hasta ahora nunca había ocurrido.
“De manera excepcional, el Pleno podrá sesionar en sedes distintas a la principal cuando así lo determine en razón del interés y trascendencia del asunto en cuestión”, indicó el nuevo Reglamento, en el que se creó la figura de la sesión extraordinaria en territorio.
Estas se realizarían a propuesta de los ministros o a petición de partes interesadas.
“Cuando las sesiones extraordinarias en territorio se deban realizar en Pueblos y Comunidades Indígenas o Afromexicanas, las áreas de la Suprema Corte establecerán una relación de coordinación con las autoridades comunitarias a fin de respetar sus normas, costumbres y formas de organización”, estableció el nuevo reglamento.
El pleno también aprobó un nuevo Reglamento de Sesiones, con el que buscaría agilizar sus discusiones ante la desaparición de las dos salas, que durante 30 años sacaron adelante más del 90 por ciento de los asuntos resueltos por el máximo tribunal constitucional.
“Lo anterior evidencia que, si bien el Tribunal en Pleno era la instancia que ocupaba el mayor tiempo en las sesiones, también es el que menos productividad tenía. Es un hecho notorio que las discusiones en Pleno eran extremadamente largas y, en muchas ocasiones, se ocupaban de cuestiones procesales en lugar de centrarse en la resolución del fondo”, agregó el nuevo Reglamento.
La SCJN sesionaría lunes y martes para ver asuntos que antes estaban reservados al Pleno, como acciones y controversias. Mientras que los miércoles, los dedicaría a materias penal y civil, que veía la Primera Sala. Y los jueves, a los temas laborales y administrativos, que tocaban a la Segunda Sala.
En las sesiones de miércoles y jueves, se daría cuenta de manera económica con solicitudes de atracción y todos los asuntos que no ameritaran estudio de fondo -como lo hacía la Segunda Sala-, y se reservaría otra sección para discusiones de fondo, básicamente de amparos.






