Cámara de Diputados declara constitucionalidad de Reforma al Poder Judicial

Cámara de Diputados declara constitucionalidad de Reforma al Poder Judicial

Bataron 8 minutos para que los legisladores de la Cámara de Diputados declaran constitucionalidad de reforma al Poder Judicial

Por Gabriela Díaz | Reportera

Los integrantes de la Cámara de Diputados declararon este viernes la constitucionalidad de la Reforma al Poder Judicial, con lo que se cierra el proceso legislativo de esta iniciativa, y se remitirá la enmienda al Poder Ejecutivo para que sea publicada en el Diario Oficial de la Generación (DOF).

En una corta sesión de 8 minutos, y en ausencia de las bancadas de los partidos opositores, los diputados de Morena y sus aliados dieron tramite a la sesión, y celebraron con gritos y consignas en el recinto, ubicado en San Lázaro.

El diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (Morena), en funciones de presidente de la Mesa Directiva, dijo que una vez realizado el cómputo de votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la ciudad de México, esta presidencia emite la siguiente de declaratoria:

“El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la ciudad de México, declara reformadas, adicionadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial”.

Publicación oficial

Indicó que en términos del artículo 135 constitucional se remite al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Previamente, la secretaria de la Mesa Directiva, diputada Julieta Villalpando Riquelme (Morena), dio cuenta de una comunicación del Senado de la República sobre el proyecto de declaratoria.

Además, el diputado Pedro Vázquez González (PT), secretario de la Mesa Directiva, informó que se recibieron 23 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas, y de la Ciudad de México.

Votos aprobatorios

Indicó que “en virtud del cómputo realizado la secretaría da fe de la recepción de 23 votos aprobatorios al proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial. Se pide a todas y todos los presentes ponerse de pie”.

Entre lo aprobado se destaca que las ministras y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistradas y magistrados de la Sala Superior y las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito, serán elegidos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones federales ordinarias del año que corresponda.

Menciona que la SCJN se compondrá de nueve integrantes, ministras y ministros, y funcionará en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.

Inclusivos y accesibles

Además, los Poderes de la Unión postularán el número de candidaturas que corresponda a cada cargo y establecerán mecanismos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos y accesibles que permitan la participación de todas las personas interesadas que acrediten los requisitos señalados en la Constitución y en las leyes.

Incluye la figura de “jueces sin rostro”, al estipular que “tratándose de delincuencia organizada el órgano de administración judicial podrá disponer las medidas necesarias para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras, conforme al procedimiento que establezca la ley”.

Crea el Tribunal de Disciplina Judicial el cual será un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones. Se integrará por cinco miembros electos por la ciudadanía a nivel nacional conforme al procedimiento establecido en el artículo 96 de la Constitución Política.

En los transitorios precisa que el Consejo de la Judicatura Federal continuará ejerciendo las facultades y atribuciones de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hasta en tanto sean creados el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.